El Gobierno nacional aplicó cambios claves en los protocolos de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), proceso clave para determinar el grado de incapacidad del trabajador. Mediante la Resolución 7/2026, se formalizaron los nuevos estudios y procedimientos que se deben seguir.
Cómo se deberá solicitar ahora la ART
La Disposición informa que se aprobó el Protocolo de estudios mínimos para la valoración del daño corporal y para la determinación de la incapacidad y tendrá efecto a partir del 2 de febrero de 2026.
El Anexo I publicado detalla que todas las ART y Empleador Autoasegurado (EA) deberán aportar la historia clínica del siniestro o la reseña de la historia clínica de la contingencia, entendida esta última como aquella que contenga estudios complementarios, los procedimientos diagnósticos realizados y el tratamiento efectuado.
En la misma línea, establece que:
La documentación deberá ser aportada por los canales electrónicos habilitados, conteniendo rúbrica de profesional médico en cada una de sus fojas.
Cuando la ART/EA hubiera realizado intervenciones quirúrgicas relacionadas con el siniestro, se deberá aportar los protocolos quirúrgicos legibles o el detalle de sus alcances deberá estar transcripto en la historia clínica.
Cuando el tratamiento quirúrgico se hubiese realizado en un prestador ajeno a la ART/EA (por ejemplo, obra social u hospital público), con anterioridad al inicio del trámite médico, esa ART/EA deberá solicitar al trabajador que aporte dicha documentación.
La acreditación de secuelas osteoarticulares requiere aportar el último estudio por imágenes disponibles que permita demostrar la secuela. Si bien las radiografías suelen resultar suficientes, ante hallazgos insuficientes o dudosos se deberá recurrir a métodos de mayor sensibilidad diagnóstica, tales como Tomografía Axial Computada (TAC) o Resonancia Magnética Nuclear (RMN), según corresponda.
Qué estudios se deberán presentar según la lesión
El Anexo I también detalla los estudios a presentar según la secuela, algunos de los casos son:
Fracturas/artrodesis/anquilosis: radiografías frente y perfil del sector anatómico comprometido.
Pseudoartrosis, incongruencia articular, etc: radiografías frente y perfil del sector anatómico comprometido. En caso de estudios no concluyentes, se deberá realizar TAC en planos sagital, axial y coronal.
Amputaciones: radiografías frente y perfil para evaluar el nivel de amputación. En mano: preferentemente radiografía frente y perfil estricto del dedo comprometido. También, psicodiagnóstico.
Inestabilidad articular: hombro (radiografías frente y perfil y RMN), codo (examen físico, radiografías frente y perfil. En caso de estudios no concluyentes se deberá realizar RMN), muñeca (radiografías frente y perfil y RMN), mano (examen físico. En caso de duda, deberá realizarse radiografía dinámica)
Lesiones músculo-tendinosas: RMN o Ecografía musculoesquelética.
Fuente: Cronista
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