El Alto Tribunal tumbó esta medida argumentando que se impuso “de forma desproporcionada”.
La Corte Constitucional tumbó la expedición de la póliza aseguradora que debían entregar los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA), cada vez que un cliente realizaba la revisión técnico-mecánica a su vehículo, argumentando que se impuso “de forma desproporcionada”.
Según el Alto Tribunal, la función de los CDA se limita solo a la revisión de los vehículos, por tanto, no estaba en su competencia la entrega de este seguro.
Además, consideró que era una "violación a la libertad de empresas y a la libertad económica".
ASO-CDA, Acedan y Fenalco, gremios que representan a más del 95 % de los CDA del país, le habían solicitado al Ministro de Transporte, William Camargo, que les diera un plazo para darle cumplimiento a la circular.
Los CDA debían tomar, con una entidad aseguradora legalmente establecida en Colombia y con libertad de oferta, un seguro obligatorio individual de responsabilidad civil.
La decisión de la Corte implicaría que los CDA ya no están obligados a entregar la póliza y estas solo estarán a cargo de las aseguradoras.
Fuente: Seguimiento
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