La decisión forma parte del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común y tiene por objeto proteger las rentas de los productores de uva de vinificación apoyando la contratación de seguros de cosecha.
El Gobierno ha establecido normas complementarias para el seguro de cosecha, en el ámbito del apoyo al sector vitivinícola, según una orden publicada este jueves en el Diário da República.
La intervención se enmarca en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) y pretende proteger la renta de los productores de uva de vinificación apoyando la contratación de seguros de cosecha. El decreto aclara que pueden beneficiarse las organizaciones de productores, las cooperativas agrícolas, las comisiones vitivinícolas y las empresas de transformación y/o comercialización.
Podrá optar a la ayuda la superficie de viñedo plantada para la producción de vino, de al menos tres años de edad, y registrada en el sistema de identificación de parcelas del Instituto de Financiación Agraria y Pesquera (IFAP). Puede optar a la ayuda un contrato de seguro de cosecha que cubra uno o más riesgos, incluidos rayos, lluvia persistente, aborto de la flor, escaldadura, helada, granizo, incendio y plagas y enfermedades de la vid, nevadas, tornados y tormentas eléctricas.
Pueden cubrirse otros riesgos climáticos que se definan en el contrato, siempre que estén previamente reconocidos por el IVV. En el caso de contratos de seguros individuales, la ayuda no podrá superar el 75 por ciento cuando la póliza cubra riesgos climáticos adversos asimilables a catástrofes naturales, el 50 por ciento cuando la póliza cubra riesgos asociados a fenómenos climáticos adversos no asimilables a catástrofes naturales y el 50 por ciento cuando la póliza cubra riesgos asociados a plagas y enfermedades.
En el caso de los contratos de seguros colectivos, la ayuda no podrá superar el 80% cuando la póliza cubra riesgos climáticos adversos asimilables a catástrofes naturales, el 50% cuando la póliza cubra riesgos asociados a fenómenos climáticos adversos "no asimilables a catástrofes naturales" y también el 50% cuando la póliza cubra riesgos asociados a plagas y enfermedades.
Según la ley, las solicitudes se presentan "ininterrumpidamente" durante el año civil al que se refiere la póliza. Las solicitudes son presentadas por las compañías de seguros o por el tomador del seguro, utilizando un formulario disponible en la FIPA. El IVV comunica a la FIPA la asignación, que puede modificarse en función del valor de las solicitudes, "antes de dar publicidad al plan de apertura de solicitudes".
La Oficina de Planificación, Políticas y Administración General se encarga de supervisar la gestión de las ayudas. Por su parte, el Instituto de la Vid y el Vino (IVV) se encarga de decidir sobre las solicitudes, dar publicidad a la intervención, gestionar la ejecución de las actividades y, en colaboración con la FIPA, definir los requisitos del sistema de información que da soporte a la intervención en cuestión.
La FIPA, por su parte, se encarga de dar publicidad a las intervenciones, recibir las solicitudes y peticiones de pago y analizarlas, llevar a cabo las acciones de control y abonar las ayudas, recuperar los importes abonados tras detectarse irregularidades y facilitar a la Autoridad Nacional de Gestión y al IVV la información necesaria para el seguimiento de la ejecución y la evaluación de las intervenciones. El decreto entra en vigor el viernes y surtirá efecto el 1 de enero de 2024.
Fuente: ECO
Enlace: https://eco.sapo.pt/2023/12/28/governo-estabelece-regras-complementares-para-seguro-de-colheitas/
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