La Cámara de Diputados aprobó este martes 11 el Proyecto de Ley Complementaria (PLP) 124/2022, que permitirá el uso de fianzas para suspender el cobro de deudas tributarias. La propuesta busca armonizar las normas y brindar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes.
El texto previamente aprobado por el Senado restringía el uso de fianzas únicamente a los casos en que el cobro lo realizara el Tesoro Público en un procedimiento de ejecución tributaria. En la práctica, esto impedía que los contribuyentes que interponían demandas para impugnar impuestos utilizaran la fianza para suspender automáticamente el cobro, a la espera de una resolución judicial. Con la aprobación en la Cámara de Diputados, se eliminó esta restricción.
“El texto aprobado en la Cámara, bajo la presentación del diputado Lafayette de Andrada, REPUBLICANOS/MG, beneficia a los contribuyentes y realza el valor del seguro de caución, que ahora puede utilizarse no solo en procedimientos de ejecución tributaria, como instrumento para suspender la exigibilidad de créditos fiscales, sino en cualquier acción que aborde créditos fiscales”, destacó Esteves Colnago, Director de Relaciones Institucionales de la Confederación Nacional de Compañías de Seguros (CNseg).
Ajuste textual en procedimientos administrativos
Además de ampliar la aceptación de fianzas, el texto aprobado en la Cámara también incluyó un ajuste de redacción para evitar incertidumbre jurídica en la aplicación del artículo 151 del Código Tributario Nacional (CTN).
El cambio también aclara que solo las apelaciones y los recursos interpuestos dentro del proceso administrativo tributario siguen siendo válidos para suspender la recaudación de impuestos, como ya lo prevé el Código Tributario Nacional (CTN).
El texto pasará ahora al Senado Federal para su análisis y votación, y si es aprobado, se convertirá en ley.
Fuente: Cnseg
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