RESOLUCIÓN SSN 103/2026.-
La Superintendencia de Seguros de la Nación introdujo cambios relevantes en el régimen de liquidación voluntaria de aseguradoras, con el objetivo de fortalecer la protección de los asegurados y elevar los estándares de supervisión durante estos procesos.
La medida se instrumentó mediante la modificación integral del punto 50 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA), que regula el procedimiento cuando una entidad decide disolverse por voluntad propia.
Qué cambia con la nueva normativa
Desde el plano estrictamente normativo, la resolución redefine en detalle todo el proceso de disolución voluntaria, estableciendo requisitos más exigentes, mayor trazabilidad y controles permanentes.
Entre los principales cambios se destacan:
La obligación de informar a la SSN la decisión de disolución dentro de las 48 horas, con documentación respaldatoria completa.
La presentación de un balance de liquidación auditado, que debe demostrar superávit de capital mínimo.
La exigencia de un Informe de Gestión Proyectada con el detalle integral del proceso: activos, pasivos, siniestros, juicios y flujo de fondos.
Además, la normativa establece que la propia presentación de la disolución implica la revocación de la autorización para operar, la indisponibilidad de inversiones, y la posibilidad de aplicar medidas cautelares adicionales.
Un control más profundo
El nuevo esquema obliga a las entidades a transparentar toda su situación:
Siniestros pendientes y cronograma de pagos.
Juicios en trámite y con sentencia firme.
Mediaciones, deudas fiscales y con reaseguradores.
Situación laboral, proveedores y demás pasivos.
Incluso se endurecen los criterios de valuación, como la obligación de considerar el 100% de los montos reclamados en juicios, lo que eleva significativamente la exigencia sobre las reservas.
También se incorpora un seguimiento permanente:
Estados contables trimestrales auditados.
Informes mensuales del auditor externo.
Posibilidad de que la SSN intervenga si detecta desvíos.
El caso Orbis, un antecedente reciente
La actualización normativa encuentra un antecedente directo en el mercado. En marzo de 2025, Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. comunicó su decisión de disolverse voluntariamente, lo que derivó en la revocación de su autorización para operar por parte de la SSN.
Sin embargo, el proceso evidenció múltiples tensiones. El organismo cuestionó la calidad de la información presentada, se detectaron deficiencias en el balance de liquidación y en el plan proyectado y, finalmente, la Justicia habilitó a la SSN a asumir la liquidación de manera forzosa
Este caso dejó en evidencia que la liquidación voluntaria puede derivar en situaciones complejas si no existe información clara, solvencia suficiente y cumplimiento normativo.
Comunicado oficial
Desde el plano institucional, la SSN explicó que la actualización apunta a ordenar los procesos de salida del mercado, evitando riesgos para asegurados y terceros.
Entre los objetivos principales del nuevo régimen, los principales pasan por garantizar que las aseguradoras que se liquiden puedan cumplir todas sus obligaciones, evitar procesos incompletos o inconsistentes, y reforzar la confianza en el sistema asegurador.
El organismo remarcó que el foco está puesto en que la protección del asegurado prevalezca por sobre cualquier otro interés. “Con esta medida, la SSN continúa fortaleciendo la supervisión y promoviendo procesos de liquidación más transparentes y ordenados, con el objetivo de proteger a los asegurados y consolidar la confianza pública en el sistema asegurador”, destacaron.
Fuente: 100% Seguro
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