La evolución de los drone es la promesa tecnológica que puede revolucionar múltiples industrias en el mercado mundial, el sector seguro entre ellos
La ciencia factil nos entrega los drone como herramienta útil para simplificar nuestras vidas en distintas áreas, inclusive, formando parte ya de la Big-Data.
La palabra dron, drone o drones es una adaptación aceptada al español del sustantivo inglés “drone” (literalmente abeja macho o zángano) nombre con el que se designa a diversos tipos de naves aéreas no tripuladas.
La evolución de los drone es la promesa tecnológica que puede revolucionar múltiples industrias en el mercado mundial, el sector seguro entre ellos. Para las aseguradoras, el uso de aviones no tripulados puede transformar los procesos de suscripción y siniestros, con el potencial de simplificar y cambiar los modelos de negocios en los ramos patrimoniales.
En la suscripción de riesgos
En el proceso de identificación de un interés asegurar, el suscriptor de riesgo usualmente realiza o solicita una inspección física de los bienes objeto del seguro a fin de determinar: Índole, tipo de construcción, la perdida máxima probable, sistema eléctrico, de prevención, control de perdidas, linderos, líneas de producción, almacén entre otros, información necesaria para iniciar su tarificación, términos, condiciones y estipulaciones particulares del contrato de seguro a suscribir.
Los drone pueden mejorar significativamente la eficiencia y la productividad en los procesos de inspección y evaluación del riesgo a cubrir. En un futuro no muy lejano, y de hecho ya nos consta que se hace, vemos a peritos equipados con drones para la revisión de tejados de comunidades o instalaciones industriales, tendido de sistemas de energía eléctrica, vialidad, puentes, etc... Otro uso no menos importante podría estar en el seguro agrario, en la inspección frecuente del cultivo, desde la puesta de la semilla hasta la zafra de la cosecha.
Prevención de riesgos
La inspección física es utilizada adicionalmente por el asegurador directo para sugerir al tomador de póliza y/o asegurado una serie de recomendaciones (generalmente de carácter obligatorio) a fin de mejorar la situación física del riesgo. La información obtenida a partir de los datos en tiempo real presentados por drones, simplifica la labor preventiva. Potencialmente, la prevención, redunda en la disminución de la probabilidad de un siniestro, reducción de costos y por tanto el aumento de tranquilidad, confianza y satisfacción del cliente.
Manejo de siniestros
El Drone puede mejorar la eficacia, eficiencia y optimización del ajuste en el proceso de verificación y resolución del siniestro, inclusive en tiempo real, especialmente en incendios, explosiones, desastres naturales, además de su potencial en el salvamento de bienes y ubicación de personas en situación de emergencia.
Estos equipos pueden de un siniestro complejo, determinar su causa y alcance al realizar un proceso simple en tiempo real, convirtiendo el flujo de trabajo en una tarea de colaboración con un mínimo o ningún retraso.
La “abeja macho” como interés asegurar
Como señalamos en la introducción de este artículo, los drones están de moda. Desde su reciente aparición, no hacen más que encontrar nuevos usos. Y es que, aunque nacieron como un proyecto militar, rápidamente han encontrado su espacio en el mercado civil y empresarial, ya que tienen multitud de aplicaciones diferentes, por ello, la tipificación del riesgo va desde bueno hasta azaroso.
Si bien, una buena parte de estos equipos son para simple entretenimiento, también de manera creciente se vienen utilizando en diferentes sectores profesionales. Además, gracias a las cámaras que integran, han encontrado un nicho importante en el mundo del cine y de la realización audiovisual, por su facilidad para obtener tomas sorprendentes y todo esto sin contar con su uso policial y militar, campo en el que surgieron y donde más se han desarrollado.
No hace falta licencia para pilotar los más pequeños y se suelen controlar de manera más o menos sencilla a través de un Smartphone o tableta.
Sin embargo, un aparato de varios kilos volando cerca de personas y propiedades en manos no demasiado expertas puede causar muchos problemas. Al tratarse de un objeto volador, existe la posibilidad de colisionar contra bienes y personas, presentando mayor riesgo los tendidos eléctricos y de telefonía, ya que son más difíciles de advertir para el piloto y están dentro del rango de alturas en las que se suelen volar estos aparatos.
También preocupa mucho la probabilidad de que un dron choque en vuelo contra un avión tripulado y causar un accidente, no obstante, los drones suelen volar a altitudes mucho más bajas, la posibilidad existe y se multiplica en las inmediaciones de los aeropuertos.
El seguro
Se ha establecido que el seguro recae sobre el tomador de la póliza, y no sobre el drone. Por eso, es el piloto de la aeronave el responsable de los daños que ésta pueda causar a terceras personas y/o sus bienes. Siendo así, el seguro de Responsabilidad Civil tendrá carácter personal.
Muy importante
El amparo de “Daños Directos” sobre el equipo queda excluido (su aceptación seria únicamente por reaseguro-facultativo).
La cobertura básica debe ser responsabilidad civil para los de menos de 25 kilos de peso. Para los de más peso queda a criterio del suscriptor de riesgo.
Las sumas aseguradas o Limite Único Combinado de RC a criterio del asegurador y reasegurador.
Algunos de estos equipos tienen las características de una aeronave tradicional por ello el asegurador debe analizar si la póliza se suscribe por Riesgos Especiales o como un riesgo de aviación clásico (casco+P&I) sin la cobertura de personas (tripulación y pasajeros).
Es importante saber que estos equipos no aparecen en el blue-book de la aviación comercial y privada.
Marco legal en Venezuela
El Ministerio para la Defensa de la república de Venezuela publicó, el 31 de agosto de 2016, en Gaceta Oficial 40978 los lineamientos y procedimientos que deben cumplir las personas que operen el vuelo de aeronaves piloteadas a distancia, conocidos como dron o drones. En la resolución 014412 del documento, establece que el Comando Estratégico Operacional (CEO), a través de la Defensa Aeroespacial Integral, será el encargado de realizar el análisis previo de las solicitudes para la operación de vuelo. Además, el texto destaca que podrán hacer uso de estos aparatos en el aire personas naturales o jurídicas integrantes del sistema de defensa militar, las instituciones y organismos de seguridad ciudadana. La resolución indica que el CEO será el unció autorizado para emitir restricciones, cambios y cancelaciones de cualquier operación de la aeronave.
Lo cierto es que en Venezuela aún no se ha legislado debidamente sobre los drone, su aplicación, alcance y responsabilidades, únicamente se han establecido normas y restricciones en virtud de la coyuntura actual.
Fuente: El Mundo
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