Según la nueva disposición del Boletín Oficial la resolución 271/2024 dispone que las aseguradoras ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. La resolución determinó que los gastos de traslado solo serán cubiertos por el asegurador en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto.
Con esta medida, la SSN busca desvincular a las compañías de un servicio que es ajeno a su actividad, y con alto grado de insatisfacción por parte de los usuarios.
No nos olvidemos que el objeto principal del contrato del seguro, es resguardar un riesgo/patrimonio del asegurado e indemnizar ante un posible siniestro de los cubiertos en póliza.
Este servicio de grúa nada tiene que ver con el contrato de seguros y dar respuesta antes un evento súbito o imprevisto, se conoce que en la mayoría de los casos el pedido de una grúa estaba relacionado con una falta de manteniendo de los vehículos.
Algunos asegurados pueden pensar que se les saco un servicio, pero la medida busca que a largo plazo se vean beneficiados por una mejora en la prestación.
Actualmente el servicio de remolque es deficiente, no puede ser que un usuario tenga que esperar cuatro horas o más por un servicio de remolque, y en consecuencia se enojan con la Aseguradora y no con el prestador de la asistencia, y esto de alguna forma afectaba a la reputación de la Aseguradora.
Con esta nueva medida posiblemente incentive al desarrollo de unas mejores propuestas de estos prestadores y que el usuario pueda elegir un servicio según su necesidad y conveniencia.
Respecto a los comentarios sobre una posible baja en el costo del seguro, se estima de que el costo de servicio representaba entre un 2% y 5% de la cuota del seguro, por lo que no creemos que se refleje en una baja de la cuota, lo más probable que ese costo se vea licuada a los 2 meses por los aumentos mensuales de los seguros de la mano de la inflación.
La norma otorga un plazo máximo de 90 días para su implementación. Cumplido ese plazo, el cambio se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, al momento de renovar la póliza. En las que se celebren en adelante, los servicios de grúa y asistencia mecánica ya no estarán incluidos y deberán resolverse de modo particular o contratando un servicio adicional.
Para finalizar en importante remarcar que el servicio de grúa será brindado por la seguradora cuando esté relacionado con un siniestro por accidente, robo e incendio, que imposibilite el correcto funcionamiento del vehículo. Y para los casos de desperfecto mecánico, deberán contratar un prestador de les va ofrecer este nuevo mercado, o pagar una grúa para cada caso en particular.
Fuente: Info Ciudad
Enlace: https://infociudad.com.ar/2024/05/23/los-seguros-y-el-servicio-de-remolque/
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