La nueva ley pretende modernizar y mejorar las normas sobre contratos de seguros
El Presidente Luiz Inácio Lula da Silva promulgó el lunes (10) el Proyecto de Ley 2597/2024, conocido como Marco Jurídico del Seguro. La nueva ley tiene como objetivo modernizar y mejorar las normas de los contratos de seguros, dando más seguridad jurídica a las transacciones. El proyecto, aprobado por la Cámara de Diputados y el Senado Federal, había sido enviado para sanción presidencial en noviembre. La ley se publicará y entrará en vigor un año después de su publicación.
Para la Susep (Superintendencia de Seguros Privados), con la nueva ley, Brasil adoptará un modelo dual, con una Ley de Contrato de Seguro además de las acciones de la autoridad reguladora, alineando al país con las recientes reformas de países como Inglaterra, Alemania, Bélgica, Reino Unido y Japón, que han promulgado o reformado sus leyes específicas para los contratos de seguros, experimentando un crecimiento económico en el sector.
Para Alessandro Octavian, superintendente de la SUSEP, el texto trae una serie de medidas para estimular el sector asegurador, aumentando la transparencia y la protección al consumidor. "Brasil tiene un enorme mercado potencial de seguros, raramente comparable a cualquier otro mercado del mundo. Somos una de las diez mayores economías del mundo, pero el mercado de seguros apenas ronda la vigésima posición. La ley es una de las muchas piezas legislativas que forman parte de este objetivo mayor de facilitar el acceso y el consumo de seguros en nuestro país", dijo.
Ivan Gontijo, presidente del Grupo Bradesco Seguros, dijo en un encuentro con periodistas el martes (10) que la nueva ley trae importantes avances. "Reúne en un único instrumento la codificación de varias leyes dispersas, aprovechando la jurisprudencia de los tribunales superiores, lo que la actualiza", dijo.
Entre otros puntos, la ley estipula que el asegurado no debe aumentar intencional y significativamente el riesgo cubierto por el seguro, so pena de perder la garantía.
Para evitar la inseguridad jurídica en los contratos, los riesgos e intereses excluidos de la cobertura deben describirse con claridad, para no dejar lugar a dudas.
Consulte a continuación los principales puntos de la nueva ley, según un comunicado de prensa emitido por el Senado:
Anulación unilateral
Prohibición de rescisión unilateral del contrato por parte de la aseguradora. En la actualidad, sólo existe un entendimiento judicial de que la anulación unilateral de un contrato de seguro es abusiva.
En general, la propuesta modifica disposiciones del Código Civil para regular el mercado privado de seguros, abarcando todas las negociaciones en las que intervienen consumidores, corredores, aseguradoras y organismos reguladores. También aborda los principios, normas, periodos de carencia, prescripción, normas específicas para seguros individuales o colectivos y otras cuestiones relacionadas con los seguros privados.
Aplicación
La ley nacional no se aplicará a los seguros contratados por brasileños en el extranjero, en los casos ya previstos en la Ley de Reaseguros y Coaseguros: cobertura de riesgos para los que no exista oferta de seguros en el país, cobertura de riesgos en el extranjero durante el período en que el asegurado se encuentre fuera del país y seguros que sean objeto de acuerdos internacionales refrendados por el Congreso Nacional.
La norma hace aplicable exclusivamente la ley brasileña a todos los contratos firmados por aseguradoras autorizadas a operar en Brasil, aunque la aseguradora esté en el extranjero. Las normas nacionales también se aplicarán cuando el asegurado sea residente en el país y cuando los bienes garantizados se encuentren en Brasil. El fuero competente para las reclamaciones de seguros es el domicilio del asegurado o del beneficiario, salvo que éstos soliciten que sea el domicilio del asegurador.
Evaluación del riesgo
La ley exige la elaboración de un cuestionario para evaluar los riesgos en el momento de la contratación del seguro. De este modo, la aseguradora sólo podrá alegar omisión por parte del asegurado si éste no ha facilitado alguna información, siempre que se le haya solicitado.
Continúa después de la publicación
El cuestionario también servirá de base para una posible pérdida de indemnización por parte del cliente por agravación del riesgo. Por lo tanto, si se demuestra la intención del asegurado de aumentar las posibilidades de un siniestro, se comparará la hipótesis con el contenido de las respuestas del cuestionario.
Además, el plazo para que el asegurador rechace la propuesta se ha aumentado a 25 días, en lugar de los 15 días previstos anteriormente en el texto original. En cuanto a los seguros de personas, se ha modificado el plazo legal de carencia de dos años para los siniestros derivados de suicidio, manteniendo la disciplina actual del Código Civil, a diferencia de la versión anterior del PLC, en la que el plazo era de un año.
Agravación
El asegurado deberá comunicar a la aseguradora la agravación de un riesgo tan pronto como tenga conocimiento de ella. Una vez conocida, la aseguradora tendrá un plazo máximo de 20 días para ajustar el contrato. Hasta entonces, la legislación establecía un plazo de hasta 15 días. Si el asegurado incumple deliberadamente este deber, perderá la garantía.
Primas y siniestros
En cuanto a las primas del seguro, la ley prohíbe el cobro de primas por adelantado, evitando abusos y garantizando que el asegurador sólo pueda cobrar y retener las primas de las operaciones que haya realizado.
La aseguradora tendrá hasta 30 días para pagar los siniestros y, si necesita alguna documentación adicional para liberar el pago, dispondrá de cinco días para pedir al asegurado que la presente. Estos días se restarán del plazo de pago, que ahora será de 25 días.
No obstante, el plazo se suspenderá hasta que se presenten los documentos, y se reanudará una vez formalizados. Si el plazo expira, la organización tendrá que pagar intereses y se ajustará el importe a pagar.
Transferencia de carteras
La norma prevé la posibilidad de que la autoridad reguladora autorice la exención de responsabilidad de la aseguradora cedente en caso de cesión de cartera, situación en la que una aseguradora traspasa sus contratos en vigor a otra compañía, eliminando la necesidad del acuerdo previo de asegurados y beneficiarios. Cuando existe una cesión de cartera en curso, la aseguradora cedente sigue siendo responsable de los contratos incluso después de haberlos traspasado a otra compañía.
La aseguradora que ceda su posición contractual (cedente), total o parcialmente, sin el acuerdo previo de los tomadores y sus beneficiarios conocidos o la autorización previa y específica de la autoridad de supervisión, será responsable solidaria con la aseguradora cesionaria.
Aceptación tácita
La norma aumenta de 15 a 25 días el plazo para la aceptación tácita de una propuesta de seguro, dando más tiempo a la compañía para analizar si acepta o rechaza una solicitud. Sólo si han transcurrido 25 días se considerará aceptada la propuesta.
La propuesta formulada por el asegurado no requerirá un formulario escrito en papel, lo que permitirá utilizar medios digitales para formalizar el contrato, una práctica que ya utilizan las compañías de seguros.
La ley también modifica la duración del plazo de prescripción, es decir, el periodo de tiempo en el que un cliente puede emprender acciones legales contra una compañía de seguros. Actualmente, el plazo empieza a contar a partir de la fecha de la reclamación, pero la ley lo cambia a la fecha de la denegación de la compañía.
Coseguro
Según la ley, hay coaseguro cuando dos o más aseguradores, por acuerdo expreso entre ellos y el asegurado o el estipulante, garantizan el mismo interés contra el mismo riesgo, al mismo tiempo, asumiendo cada uno de ellos una cuota de garantía.
El seguro acumulativo, en cambio, se establece cuando la distribución entre varios aseguradores la realiza el asegurado o estipulante en virtud de contratos independientes, sin limitación a una cuota de garantía.
Cambios
Si el asegurador, conociendo el siniestro, no identifica a un beneficiario o dependiente del asegurado para recibir el seguro, el importe pasará al Fondo Nacional de Catástrofes Públicas, Protección y Defensa Civil (Funcap) al cabo de cinco años.
Fuente: Infomoney
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