La normativa depende de la definición de la SUSEP; el TCU señala que hay casi 12 000 obras federales paralizadas en el país
En vigor desde diciembre de 2024, la Nueva Ley de Contratos de Seguros (Ley n.º 15.040/2024) moderniza aspectos relevantes del mercado, pero aún deja una cuestión decisiva sin resolver: qué es, en definitiva, lo que caracteriza a los «grandes riesgos» (o riesgos complejos). A falta de criterios objetivos en el texto legal, la definición y la seguridad jurídica derivada de ella dependen ahora de la normativa de la Superintendencia de Seguros Privados (Susep).
En países como Francia, Italia, Bélgica, España, Portugal y Alemania, existen disposiciones específicas para los grandes riesgos, con normas compatibles con la complejidad y los valores en juego. En Brasil, sin embargo, la nueva ley no incluye un capítulo dedicado al tema, una laguna que los expertos señalan como un error, precisamente porque afecta a los contratos de infraestructura, concesiones y asociaciones público-privadas (APP).
La única mención que puede servir de base para esta regulación aparece en la sección sobre regulación y liquidación de siniestros, al tratar de la determinación de la cobertura y de los valores «que impliquen mayor complejidad». El problema es que la ley no define cuáles serían esas situaciones ni establece parámetros, creando un vacío que debe ser llenado por la autoridad reguladora.
Para Débora Schalch, abogada especialista en Derecho de Seguros y socia fundadora de Schalch Sociedade de Advogados (SSA), la ausencia de una definición de grandes riesgos genera inseguridad jurídica y limita la libertad contractual necesaria para estructurar pólizas a medida. «La nueva ley crea distorsiones al someter contratos complejos y de alto valor a las mismas normas protectoras que los seguros minoristas. Esto afecta a la oferta de reaseguro y puede convertirse en un obstáculo directo para la viabilidad de grandes obras en el país», afirma.
Según la experta, el desajuste es aún mayor si se tiene en cuenta la legislación sobre licitaciones y contratos administrativos, que ya distingue entre «obras y servicios de ingeniería de gran envergadura», precisamente aquellos que, en la práctica, exigen soluciones de seguros más sólidas y negociables.
Obras públicas
La urgencia de la regulación también se pone de manifiesto en el ámbito de las obras públicas. Un estudio del Tribunal de Cuentas de la Unión (TCU) indica que hay 11 944 obras y servicios de ingeniería contratados con fondos federales paralizados (el 52 % del total). La interrupción ya ha consumido alrededor de 9 000 millones de reales, y la finalización de los proyectos exigirá más de 20 000 millones de reales adicionales.
Para Débora, la falta de instrumentos adecuados de mitigación de riesgos es un obstáculo estructural para el crecimiento del país. «Una condición esencial para allanar el camino hacia un crecimiento económico más robusto y sostenible es eliminar el vacío normativo sobre los seguros de grandes riesgos. La responsabilidad de llenar este vacío recae ahora en la SUSEP», afirma.
Sin normas claras, explica la abogada, las aseguradoras y reaseguradoras tienden a alejarse de las licitaciones debido al alto riesgo y a la menor posibilidad de negociar cláusulas compatibles con la complejidad del proyecto. En este contexto, señala dos medidas prioritarias para fortalecer el entorno de inversión: pólizas estructuradas con mayor libertad contractual para grandes riesgos; y un mayor uso del seguro de garantía con cláusula de recuperación.
«La modernización del seguro de garantía y el refuerzo de las pólizas con cláusula de reanudación tienen el potencial de impactar directamente en la economía y la gestión pública —y, sobre todo, de reducir el riesgo de paralización de las obras. Al fin y al cabo, las obras paralizadas significan escuelas cerradas, hospitales sin terminar y carreteras intransitables», afirma la experta. «Lo que falta, en este momento, es la intervención de la Susep como catalizadora de esta transformación», concluye.
Fuente: Revista Cobertura
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