La Ley 14.967/24, que establece el Estatuto de Seguridad Privada y de las Instituciones Financieras y que se publicó este mes con efecto inmediato, tiene repercusiones en el mercado de seguros. Existe, por ejemplo, una disposición según la cual los prestadores de servicios de seguridad privada deben acreditar la constitución de una provisión financiera o reserva de capital, o suscribir un seguro de caución, para hacer frente a sus obligaciones laborales, fiscales, de seguridad social y de responsabilidad civil.
Además, entre los nuevos derechos garantizados a los vigilantes de seguridad y otros guardias de seguridad figura la garantía de un seguro de vida colectivo.
También se estipula que ninguna compañía de seguros podrá emitir una póliza de seguro a favor de establecimientos financieros que incluya una cobertura que garantice el riesgo de robo y hurto cualificado de dinero en efectivo y otros objetos de valor, "sin que se acredite que el asegurado ha cumplido los requisitos establecidos en la presente Ley".
Además, las pólizas que incumplan esta disposición "no serán cubiertas por el reaseguro".
En el caso de los seguros contra robo y robo agravado de establecimientos financieros, se concederán descuentos en las primas a los asegurados que dispongan, además de los requisitos mínimos de seguridad establecidos en esta Ley, de otros medios de protección, de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente.
Fuente: Segs
Enlace: https://www.segs.com.br/seguros/406061-nova-lei-impacta-mercado-de-seguros
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