Medida pretende transformar contrato de contragarantía en título ejecutivo extrajudicial, menos oneroso en el proceso de recuperación de cantidades indemnizadas
El nuevo Marco de Garantía promete generar beneficios en el mercado de seguros de garantía, según expertos que trabajan en el sector. La Cámara de Diputados aprobó recientemente el Proyecto de Ley 4.188/21, que reformula las normas relativas a las garantías para préstamos, como hipotecas y ventas fiduciarias de inmuebles. El texto pasó a sanción presidencial.
Uno de los cambios más relevantes es la transformación del contrato de contragarantía en un título ejecutivo extrajudicial, algo que antes no estaba previsto legalmente. “Este cambio agilizará los procesos y reducirá los costos de seguridad en la recuperación de los montos compensados por subrogación”, comenta Rodrigo Rodrigues, CGO (Chief Growth Officer), de Prosper Seguradora.
Rodrigues explica que, antes del cambio, para tener derecho a reembolso, las aseguradoras tenían que acudir a los tribunales, un proceso largo y costoso que hace que el coste del seguro carezca de interés y limita la cobertura de determinados riesgos. “Con esta innovación jurídica, la expectativa es que aumente la oferta de seguros de garantía a precios más competitivos, beneficiando tanto a las aseguradoras como a los asegurados”, afirma Rodrigues.
“El resultado de esto fue un proceso largo y costoso para la aseguradora contra el tomador del seguro que causó el daño indemnizado. Los costos de aseguradoras y reaseguradoras aumentaron e influyeron en el precio [prima] pagado por los seguros, además de desincentivarlos a asumir ciertos riesgos, lo que terminó haciendo inviables las inversiones en obras y concesiones, perjudicando el crecimiento económico”, evalúa Glauce Carvalhal, jurídico director de CNseg (Confederación Nacional de Empresas de Seguros).
La entidad que representa al sector considera que el nuevo marco puede aumentar el poder de fuego de las fianzas entre los tipos de depósitos previstos en los contratos públicos de obras, servicios y compras, emergiendo como una de las herramientas preferidas para proteger los riesgos derivados de los prestatarios de recursos en favor de inversiones en infraestructuras y concesiones.
Es importante destacar que, en el año transcurrido hasta julio, las siete modalidades de garantía recaudaron R$ 1 mil millones, un aumento del 80% respecto de los R$ 586,6 millones en el mismo período del año anterior.
Según el abogado Arthur Longo Ferreira, de Henneberg, Ferreira e Linard Advogados, la nueva legislación avanza reduciendo la burocracia en el sector asegurador. “Las medidas que permiten negociaciones extrajudiciales para la recuperación del crédito, incluida la posibilidad de descuentos, pueden beneficiar al mercado de seguros de crédito, ya que reducen el riesgo de incumplimiento y pérdidas para las aseguradoras. Esto podría potencialmente aumentar el apetito del mercado de seguros por las garantías de préstamos”, evalúa. "Sin embargo, es importante observar cómo se implementarán estos cambios en la práctica y cómo afectarán al mercado de crédito y seguros después de la sanción presidencial".
¿Qué es el seguro de garantía?
El seguro de garantía asegura el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el tomador del seguro en el contrato principal, suscrito con el asegurado, de conformidad con los términos del contrato de seguro (póliza).
Hay tres participantes en esta modalidad:
el tomador del seguro, deudor de las obligaciones que asume frente al asegurado (el concesionario, por ejemplo);
el asegurado, acreedor de las obligaciones asumidas por el tomador del seguro en el contrato principal (la autoridad concedente);
y la compañía de seguros, que garantiza, en los términos de la póliza, el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el tomador del seguro.
En el seguro de garantía, el riesgo consiste en que el prestatario incumpla sus obligaciones. En la relación del asegurador con el asegurado, en caso de incumplimiento de las obligaciones por parte del tomador garantizado, se activará la póliza y se cumplirán las obligaciones esperadas.
En la relación que se establece entre el tomador del seguro y el asegurador, se emite la póliza y se firma el contrato de contragarantía, que tiene como objetivo mitigar el riesgo que asume el asegurador para cumplir con sus obligaciones. En la contragarantía, el tomador del seguro asume los siguientes deberes frente al asegurador:
presentación de garantías colaterales;
anticipo de los importes de la indemnización del seguro directamente al asegurado;
aplicación de multas e intereses por las cantidades adeudadas;
e indicación de garantes para posibles acciones de reembolso.
En otras palabras, el contrato de contragarantía representa el derecho de devolución del asegurador frente al tomador del seguro ante un posible siniestro, siendo el instrumento jurídico que permite a la compañía aseguradora obtener del tomador del seguro y de sus fiadores el reembolso de las cantidades pagadas por éste al asegurado.
Fuente: Infomoney
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