El martes (15), el pleno de la Cámara de Diputados aprobó, por 276 votos a favor y 140 en contra, la solicitud urgente para el tratamiento del Proyecto de Ley 2597/24, que establece normas generales para los contratos de seguros privados y deroga disposiciones del Código Civil, el Código de Comercio de Brasil y el Decreto-Ley 73/66.
El procedimiento de urgencia dispensa de algunas formalidades procesales. Cuando se aprueba la urgencia, la propuesta se incluye automáticamente en el orden del día de la siguiente sesión deliberativa, aunque sea el mismo día.
En consecuencia, la votación de la propuesta de ley 2597/24 debería acelerarse en las próximas semanas en el pleno de la Cámara, sin necesidad de pasar por las comisiones. Esto se debe a que los ponentes de la propuesta emitirán un dictamen oral durante la sesión, lo que permitirá una votación inmediata.
Cabe recordar que el proyecto fue aprobado por el Senado en junio de este año. Antes de eso, pasó 17 años en la Cámara, con innumerables audiencias públicas y muchas enmiendas, hasta que se convirtió en un proyecto de ley de la Cámara en 2017.
El texto que salió de la Cámara ya había sido el resultado de un consenso entre los expertos que prepararon el proyecto en el Instituto Brasileño de Derecho de Seguros (IBDS), representantes de los consumidores (BRASILCON, IDEC), empresas contratantes de seguros (CNI, FIESP, etc.), aseguradoras y corredores (CNSEG y FENACOR). Una vez más, en 2004, estas organizaciones y muchas otras, como la CNT y las reaseguradoras locales (Mapfre Re, IRB Re, etc.), consensuaron el texto sustitutivo que se aprobó en el Senado.
Como informó CQCS, la Cámara sólo analizará los cambios introducidos por los senadores, pudiendo mantenerlos o restablecer el texto original.
El proyecto pasará entonces al Presidente de la República para su sanción o veto, quien tiene 15 días hábiles para sancionar o vetar la propuesta, en todo o en parte.
El texto aprobado por el Senado en junio fue elogiado por los dirigentes de los Corredores de Seguros. "Este texto aprobado recoge todas nuestras consideraciones y sugerencias", dijo entonces el presidente de Fenacor, Armando Vergilio.
EQUIPO
El proyecto de ley es tratado erróneamente por muchos como un nuevo marco asegurador. En realidad, como explica el abogado Ernesto Tzirulnik, presidente del IBDS -considerado el principal mentor de la propuesta-, el texto sólo trata de las reglas de los contratos, para hacerlos más transparentes y seguros para compradores y beneficiarios de seguros, y no de la supervisión de aseguradoras y corredores.
El IBDS se creó en 2000 centrándose en el proyecto inicial. De hecho, el texto del anteproyecto, del que era autor el entonces diputado José Eduardo Cardozo, fue redactado por el IBDS, que lo ha defendido ininterrumpidamente desde su presentación en 2004.
PROPUESTAS
El proyecto de ley trata de principios, normas, períodos de carencia, plazos de prescripción, normas específicas para los seguros individuales y colectivos y otras cuestiones relacionadas con los seguros privados.
Vea otras medidas incluidas en el texto:
Exterior
La ley nacional no se aplicará a los seguros contratados por brasileños en el exterior en los casos ya previstos en la Ley Complementaria 126 de 2007: cobertura de riesgos para los cuales no haya oferta de seguros en el país; cobertura de riesgos en el exterior por el período en que el asegurado se encuentre en el exterior; y seguros que sean objeto de acuerdos internacionales refrendados por el Congreso Nacional.
Aparte de eso, el proyecto de ley hace que la ley brasileña se aplique exclusivamente a todos los contratos firmados por una aseguradora autorizada a operar en Brasil, incluso si se adopta el arbitraje, lo que se acoge expresamente en el texto. Las normas nacionales también se aplican únicamente cuando el asegurado reside en el país y cuando los bienes garantizados se encuentran en Brasil.
Jurisdicción nacional
Hoy existe controversia sobre qué tribunal es competente para juzgar y analizar los litigios: el de la región del asegurado, que puede estar en cualquier lugar del país, o el de la región de la aseguradora, cuya sede es siempre la misma.
Según el texto, el tribunal competente para las reclamaciones de seguros es el del domicilio del asegurado o del beneficiario, salvo que elijan el domicilio del asegurador.
Evaluación del riesgo
El proyecto de ley prevé la elaboración de un cuestionario para evaluar los riesgos al contratar un seguro. De este modo, el asegurador sólo podrá alegar omisión por parte del asegurado si éste no ha facilitado alguna información, siempre que se le haya interrogado claramente.
El cuestionario también servirá de base para cualquier limitación de derechos o pérdida de indemnización por parte del cliente debido a la agravación del riesgo. Por lo tanto, si se demuestra la intención del asegurado de aumentar las posibilidades de un siniestro, la hipótesis se comparará con el contenido de las respuestas del cuestionario, lo que limitará la posibilidad de denegar el pago.
También se ha aumentado a 25 días el plazo para que la aseguradora rechace la propuesta, en lugar de los 15 días previstos anteriormente en el texto original. En cuanto a los seguros de personas, se ha modificado el plazo legal de espera de dos años para los siniestros derivados de suicidio, manteniendo la disciplina actual del Código Civil, a diferencia de la versión anterior del PLC, en la que el plazo era de un año.
Agravación
Según el texto, el asegurado sigue estando obligado a notificar a la aseguradora la agravación del riesgo en cuanto tenga conocimiento de ella. Una vez enterada, la aseguradora tendrá un plazo máximo de 20 días para ajustar el contrato. Actualmente, la legislación establece un plazo de hasta 15 días. Si el asegurado incumple deliberadamente este deber, perderá la garantía, pero no si es culpable.
Primas y siniestros
En cuanto a las primas de seguros, el proyecto de ley prohíbe el cobro de primas por adelantado, evitando abusos y garantizando que el asegurador sólo pueda cobrar y retener primas por las operaciones que haya realizado.
La aseguradora tendrá hasta 30 días para pagar los siniestros a partir de la fecha de entrega de la documentación prevista en el contrato y, si necesita alguna documentación adicional para liberar el pago, podrá pedir al asegurado que la presente dentro del plazo. Estos días entre la entrega de la documentación básica y el requerimiento se restarán del plazo de pago.
No obstante, el plazo se suspenderá hasta que se hayan presentado los documentos, y se reanudará una vez formalizados. Si el plazo expira, la organización tendrá que pagar intereses y se ajustará el importe a pagar.
Transferencia de licencias
La nueva versión del proyecto de ley prevé la posibilidad de que la autoridad reguladora autorice la exención de responsabilidad de la aseguradora cedente en caso de cesión de cartera, situación en la que una aseguradora traspasa sus contratos en vigor a otra compañía, eliminando la necesidad del acuerdo previo de los asegurados y beneficiarios. En la actualidad, cuando se produce una cesión de cartera, no existe ninguna disposición legal que exima a la aseguradora cedente de responsabilidad por los contratos, incluso después de haberlos transferido a otra compañía.
La aseguradora que ceda su posición contractual (cedente), total o parcialmente, sin el acuerdo previo de los tomadores y sus beneficiarios conocidos o la autorización previa y específica de la autoridad de supervisión, será responsable solidaria con la aseguradora cesionaria.
Aceptación tácita
El proyecto de ley propone un aumento del plazo para la aceptación tácita de una propuesta de seguro, de 15 a 25 días, dando a la compañía más tiempo para analizar si acepta o rechaza una solicitud. Sólo si transcurren 25 días sin que se rechace la propuesta se considerará aceptada.
También según el PLC 29/2017, la propuesta realizada por el asegurado no requerirá un formulario escrito en papel, lo que permitirá medios digitales para formalizar el contrato - una práctica que ya está siendo utilizada por las compañías de seguros.
El texto también establece normas sobre la prescripción, es decir, el plazo en el que un cliente puede emprender acciones legales contra una compañía de seguros. Actualmente hay dudas sobre si el plazo empieza a contar desde la fecha de la reclamación o desde la fecha de la denegación de la compañía. El texto deja claro que es a partir de la denegación.
Coseguro
Según el texto, hay coaseguro cuando dos o más aseguradores, por acuerdo expreso entre ellos y el asegurado o el estipulante, garantizan el mismo interés contra el mismo riesgo, al mismo tiempo, asumiendo cada uno de ellos una garantía por cuotas.
El seguro acumulativo, en cambio, se produce cuando el reparto entre varios aseguradores lo realiza el asegurado o estipulante en virtud de contratos independientes, sin limitación a una cuota de garantía.
El proyecto de ley diferencia el coaseguro de la cesión de contrato, evitando así el vaciamiento de las garantías aportadas al prever, en estos casos, la responsabilidad solidaria, como ocurre con la cesión de contrato en general.
Otras modificaciones
Si la aseguradora, conociendo el siniestro, no identifica a un beneficiario o dependiente del asegurado para recibir el seguro, el importe pasará al Fondo Nacional de Catástrofes Públicas, Protección y Defensa Civil (Funcap) transcurridos cinco años. La medida fue aprobada tras una enmienda presentada por el senador Carlos Viana (PL-MG).
El ponente también incluyó la disposición de que el contrato firmado sin que el licitador haya sido previamente informado del contenido se regirá por las condiciones contractuales establecidas en los modelos que podrá depositar la aseguradora en el órgano de supervisión de seguros, para el ramo y tipo de garantía incluidos en la propuesta.
Para Tzirulnik, "la ley brasileña que resultará de la aprobación del proyecto, a pesar del retraso en su tramitación, reducirá la inseguridad jurídica, facilitará el conocimiento del seguro y servirá de guía en muchas materias para el perfeccionamiento de las leyes de contrato de seguro en América Latina y Europa, con grupos de trabajo en Portugal, Francia y España que ya se ocupan de ello".
Fuente: CQCS
Enlace: https://cqcs.com.br/noticia/regime-de-urgencia-vai-acelerar-votacao-do-pl-dos-contratos-de-seguro/
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