La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso la actualización del capital social mínimo para las empresas financieras de operaciones múltiples y especializadas, así como para los bancos de inversión, compañías de seguros y servicios complementarios.
Mediante Circular N° G-231-2026, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se estableció dicha actualización correspondiente al trimestre enero-marzo del presente año.
La norma indica que la medida involucra a las empresas supervisadas indicadas en los artículos 16 y 17 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS.
La actualización del capital social mínimo (en soles) está detallada en el siguiente cuadro:
Actualización del capital social mínimo de las empresas supervisadas correspondientes al trimestre enero - marzo de 2026 (en soles)
Factor de actualización
Para las empresas supervisadas consideradas en el cuadro anterior, salvo las Empresas Administradoras Hipotecarias, las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico y las Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario, factor de actualización para el trimestre enero 2026 - marzo 2026 en base a la Variación IPM octubre 1996 - diciembre 2025: 2.13388974
Para las Empresas Administradoras Hipotecarias, factor de actualización para el trimestre enero 2026 - marzo 2026 en base a la Variación IPM marzo 2007 - diciembre 2025: 1.5363094
Para las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico, factor de actualización para el trimestre enero 2026 - marzo 2026 en base a la Variación IPM diciembre 2012 - diciembre 2025: 1.2755259
Para las Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario, factor de actualización para el trimestre enero 2026 - marzo 2026 en base a la Variación IPM setiembre 2024 - diciembre 2025: 0.9596612
Objetivo
La SBS es el organismo encargado de la regulación y supervisión de los sistemas financiero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo de ahorro y crédito, así como de prevenir y detectar el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
El objetivo primordial de la entidad reguladora es preservar los intereses de los depositantes, asegurados y afiliados al Sistema Privado de Pensiones.
Fuente: Andina
Proveemos información Técnica y Financiera del Mercado Asegurador