A fin de incorporar lineamientos acordes a prácticas actuales de mercado
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó la modificación del reglamento para la evaluación y clasificación del deudor, y la exigencia de provisiones dirigida a mejorar el tratamiento prudencial de los créditos y promover la inclusión financiera, informó hoy la mencionada entidad estatal.
Ello lo hizo,mediante resolución 02368-2023, con la finalidad de incorporar lineamientos acordes con las prácticas actuales de mercado y de la experiencia obtenida en la labor de supervisión, explicó.
La norma, publicada hoy en el diario El Peruano, modifica el criterio para tipificar a un deudor como mediana empresa, indicó.
La norma actualmente vigente, emitida en el 2008, establece como umbral para definir a una mediana empresa, que acredite una deuda igual o mayor a 300,000 soles, precisó.
La modificación cambia el criterio de monto de deuda a ventas anuales, estableciendo un umbral de ventas anuales igual o mayor a cinco millones de soles, señaló la SBS.
El objetivo de esta modificación es actualizar la definición de mediana empresa en línea con el crecimiento del país en los últimos 15 años y evitar que empresas pequeñas, que son gestionadas de una manera diferente, pasen a formar parte de la mediana empresa únicamente por tener mayor monto de deuda.
De esta manera, todos los deudores tipificados como mediana empresa, bajo el reglamento vigente y que tengan ventas menores a cinco millones de soles, serán parte de la cartera pequeña empresa, permitiendo una mejor gestión, mencionó.
Fuente: Andina
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