Fuente: LP Derecho
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó el Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros mediante la Resolución SBS 02133-2026. La reforma busca simplificar los procedimientos de autorización, reducir plazos e incorporar una evaluación diferenciada según el perfil de riesgo, modelo de negocio, naturaleza, complejidad y tamaño de las empresas solicitantes.
La norma incorpora tres modalidades de autorización; estándar, para empresas no captadoras y especial. Para estas solicitudes se establece además una etapa previa de precalificación, con un plazo máximo de 15 días, destinada a determinar la modalidad aplicable y verificar que se haya presentado la documentación mínima.
La SBS también incorpora al reglamento a los Almacenes Generales de Depósito, las Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario y las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico. Asimismo, permite que determinadas empresas con certificado de organización vigente y cuyo modelo de negocio incluya el otorgamiento de créditos accedan temporalmente a información anonimizada del reporte crediticio consolidado, bajo las condiciones y medidas de seguridad establecidas por la SBS.
La modificación también establece nuevos plazos para la evaluación integral: 120 días para la autorización estándar, 90 días para empresas no captadoras y 70 días para la autorización especial en la etapa de organización. Para la autorización de funcionamiento, los plazos serán de hasta 180 días para las modalidades estándar y especial y 120 días para empresas no captadoras.
Fuente: LP Derecho
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