Los cambios afectan a los grupos de transporte (06), colectivo (09), individual (13) y rural (11).
La Superintendencia de Seguros Privados (Susep) publicó hoy la Resolución Susep nº 51, de 2025, que modifica los Anexos I y II de la Circular Susep nº 682, de 2022, que incluyen, respectivamente, la Tabla de Grupos y Ramos de Seguros y la Tabla de Migración (Ramos en Run Off). La nueva norma cambia la denominación de algunos ramos y crea ramos para los grupos de transporte (06), colectivo (09) e individual (13).
Las principales modificaciones de la Circular Susep introducidas por la Resolución fueron:
adaptación del Anexo I del reglamento al art. 13 de la Ley nº 11.442, de 2007, que trata del seguro obligatorio para los transportistas que prestan servicios de transporte de mercancías por carretera, modificada por la Ley nº 14.599, de 19 de junio de 2023, creando el ramo "Responsabilidad Civil Vehicular - Transportador de Cargas por Carretera - RC-V", al que se le asignó el número 59, y cambiando la nomenclatura del ramo 55, ya que el seguro al que se refiere (Responsabilidad Civil del Transportador de Cargas por Carretera por Desaparición de Cargas) dejó de ser facultativo, ambos en el grupo 06 (transportes);
inclusión, en el Anexo I del reglamento, del ramo 96 en el grupo 09 (personas colectivas) y en el grupo 13 (personas individuales), debido a la esperada publicación de la Resolución del CNSP que regulará el Seguro de Vida Universal, actualmente en fase de elaboración por la Autarquía;
alteración, en el Anexo I del reglamento, de la nomenclatura del ramo 94 del grupo 09 (personas colectivas) y del ramo 92 del grupo 13 (personas individuales) para incluir la mención del plan del tipo Vida con Renta Inmediata o Diferida (VRID), considerando su establecimiento por la Resolución 464 de 2024 de la CNSP (que establece las reglas de funcionamiento y los criterios para la operación de la cobertura de supervivencia ofrecida en un plan de seguro de personas y dicta otras disposiciones); y
corrección de una laguna detectada en el Anexo II del reglamento, que no había incluido la relación de ramos del grupo rural que pasaron a considerarse ramos en run-off con posterioridad a su publicación.
En vigor desde el 1 de julio de 2025, la publicación de la Resolución Susep 51/2025 es consecuencia de las iniciativas recogidas en los puntos 1.3 (Seguro de Responsabilidad Civil de los Transportistas de Mercancías), 3.1 (Productos con cobertura de supervivencia) y 3.2 (Seguro de Vida Universal) del Plan de Regulación de Susep para 2023/2024 (Resolución Susep 32/2023).
Fuente: CQCS
Enlace: https://cqcs.com.br/noticia/susep-altera-codificacao-de-ramos-de-seguro/
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