Además de regular el funcionamiento de las cooperativas y grupos de protección de activos, la ley estipula que serán supervisados por el regulador
La Superintendencia de Seguros Privados (SUSEP) ha creado un grupo de trabajo para presentar propuestas de reglamentación de la ley que trata de las cooperativas de seguros y las operaciones mutuas de protección de activos (Ley Complementaria 213/2025).
Además de regular el funcionamiento de las cooperativas y los grupos de protección de activos, la ley estipula que serán supervisados por la Susep.
Con la nueva norma, las cooperativas de seguros, que antes sólo estaban autorizadas a operar en seguros agrarios, de salud y de accidentes de trabajo, pueden ahora operar en cualquier ramo del seguro privado, salvo los que estén expresamente prohibidos por una normativa específica.
Los entrantes en estos mercados también sólo podrán operar con autorización de la SUSEP.
Estos cambios no sólo adaptan el sector a las mejores prácticas internacionales, sino que también ofrecen una mayor seguridad jurídica al mercado, haciéndolo más eficiente y competitivo.
El trabajo será realizado por siete coordinadores generales de la SUSEP, además de otros funcionarios. Según la agencia, el grupo actuará de enlace con agentes externos siempre que sea necesario, garantizando un diálogo adecuado con todas las partes implicadas.
El plazo de ejecución de los trabajos es de un año, prorrogable automáticamente por un periodo igual con justificación razonada.
El reglamento forma parte del Plan de Regulación de Susep para este año.
La Superintendencia de Seguros Privados (SUSEP) creó un grupo de trabajo con el objetivo de presentar propuestas para reglamentar la ley que trata de las cooperativas de seguros y operaciones mutuales de protección patrimonial (Ley Complementaria 213/2025).
Además de regular el funcionamiento de las cooperativas y los grupos de protección de activos, la ley estipula que serán supervisados por la Susep.
Con la nueva norma, las cooperativas de seguros, que antes sólo estaban autorizadas a operar en seguros agrarios, de salud y de accidentes de trabajo, pueden ahora operar en cualquier ramo del seguro privado, salvo los que estén expresamente prohibidos por una normativa específica.
Los entrantes en estos mercados también sólo podrán operar con autorización de la SUSEP.
Estos cambios no sólo adaptan el sector a las mejores prácticas internacionales, sino que también ofrecen una mayor seguridad jurídica al mercado, haciéndolo más eficiente y competitivo.
El trabajo será realizado por siete coordinadores generales de la SUSEP, además de otros funcionarios. Según la agencia, el grupo actuará de enlace con agentes externos siempre que sea necesario, garantizando un diálogo adecuado con todas las partes implicadas.
El plazo de ejecución de los trabajos es de un año, prorrogable automáticamente por un periodo igual previa justificación.
El reglamento forma parte del Plan de Regulación de Susep para este año.
Fuente: Valor
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