El 28 de noviembre de 2024, la Superintendencia de Seguros Privados ("Susep") publicó las Resoluciones CNSP 474 y 475/2024 y las Circulares Susep 706 y 707/2024, que modifican los lineamientos para la implementación del Sistema Abierto de Seguros, un entorno integrado para compartir datos y servicios mediante la estandarización de plataformas tecnológicas e infraestructura.
A continuación figuran los principales puntos de las actualizaciones:
Plazos de aplicación
Mediante la Resolución 474/2024 de la CNSP, se amplió el plazo de aplicación de la puesta en común de los datos de seguros personales y de los servicios de iniciación de movimientos del 29 de noviembre de 2024 (Resolución 425/2021 de la CNSP) al 30 de junio de 2025.
La Circular 706/2024 de la SUSEP también amplió hasta el 30 de junio de 2025 (antes el 29 de noviembre de 2024) el plazo para implementar los requisitos necesarios para adaptarse al Seguro Abierto para los servicios relacionados con planes de seguros colectivos, microseguros, planes de pensiones complementarios abiertos y capitalización.
Plazos para la acreditación y registro de los SPOC
La Resolución nº 475/2024 de la CNSP establece que se cancelará la acreditación de las Empresas Tramitadoras de Pedidos de Clientes (SPOC) que no se den de alta en Seguros Abiertos en el plazo de 30 días desde la aprobación de su acreditación por Susep (plazo de 90 días con la norma anterior).
Además, la Circular 707/2024 de la SUSEP modifica el plazo de inscripción de las SPOC en el directorio de participantes del Seguro Abierto. Antes de este cambio, la Circular 635/2021 de la SUSEP estipulaba que este registro debía realizarse simplemente antes de que comenzara la compartición del servicio de iniciación de movimientos.
Con la nueva norma, este plazo pasa a ser el mismo de 30 días establecido en el artículo 17 de la Resolución 429/2021 del CNSP, modificada por la Resolución 475/2024 del CNSP mencionada en este boletín.
Las nuevas resoluciones y circulares entraron en vigor en la fecha de su publicación y modificaron las Resoluciones 415/2021 y 429/2021 del CNSP y la Circular 635/2021 del Susep.
El equipo de Seguros, Reaseguros, Previsión Privada y Salud Complementaria de Demarest ha estado siguiendo la evolución de la normativa asociada a los Seguros Abiertos y está a su disposición para cualquier aclaración adicional sobre el tema que sea necesaria.
Fuente: Demarest
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